La judicializacion de la política, su problemática.
Por: Félix Roque Rivero - VE
La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) con sede en Luxemburgo el pasado19 de diciembre de 2019, en su Gran Sala, plantea y resuelve asuntos jurídicos comunitarios, con carácter vinculante, de sumo interés.
Lo debatido.
En el asunto nro C-502/19, el Tribunal conoció de la solicitud de interpretación del artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión, en relación al caso del ciudadano europeo (español) Oriol Junqueras Vies, electo y proclamado eurodiputado, sujeto a detención provisional para el momento de su elección, más no condenado por sentencia firme.
Marco Jurídico.
Para el estudio del caso, resulta imperioso el análisis del derecho comunitario, en particular el Protocolo sobre Inmunidades y Privilegios de los Eurodiputados; el artículo 71 de la constitución española, la Ley Electoral española de 1985, el Reglamento del Congreso de los Diputados de España y la Ley de Enjuiciamiento Criminal de España.
Del estudio de esos instrumentos, se declara la competencia del Tribunal de la UE para conocer sobre lo peticionado, así como también la competencia de los Estados miembros en lo referente a las elecciones, resultados y proclamación de los eurodiputados.
Lo decidido.
En un fallo breve, aplicando doctrina reiterada y consolidada, el Tribunal de la UE, establecidos los fundamentos y motivos de su resolución, concluye afirmando que la adquisición de la condición de miembro del Parlamento Europeo, se produce por el hecho y desde el momento de la proclamación oficial de los resultados electorales efectuados por los Estados miembros.
Efectos de la sentencia.
Múltiples son los efectos de la Resolución del Tribunal de la UE que con ponencia del magistrado J. Malenovsky, anula la decisión que tomó el tribunal español y la detención provisional que contra el político nacionalista Catalán Oriol Junqueras se había tomado.
Considera el Tribunal de la UE que una vez electo y proclamado, la detención provisional debió suspenderse o, el tribunal español, haber solicitado a Luxemburgo que suspendiera las inmunidades y privilegios de Junqueras. Al no hacerlo, se violó el artículo 9 del Protocolo y por lo tanto, procede su libertad.
La Fiscalía de España ha considerado que el fallo es inaplicable y carece de interés, toda vez que para la fecha de su emisión (19/12/19), ya Junqueras había sido condenado y que por lo tanto, este procedimiento prejudicial no afecta el fondo del juicio.
Problemática política.
La sentencia que comentamos tiene un piquete político que por más que se quiera soslayar, está muy presente en los acontecimientos políticos que hoy vive España.
El Partido Socialista Obrero Español (PSOE), ganó las últimas elecciones generales pero no obtuvo mayoría y para la investidura de su líder Pedro Sánchez, requiere de negociaciones muy complejas que pasan por la anuencia (abstención) del partido de Junqueras, Esquerra Republicana. El fallo también favorece a otros líderes nacionalistas catalanes como Carles Puidgemont que ahora pasa a ser eurodiputado pese a tener en su contra una euro orden de detención.
La sentencia es de carácter vinculante y obliga al Estado español, miembro de la UE y firmante del Protocolo sobre inmunidad y privilegios a los eurodiputados, a respetarla y cumplirla. Desde lo interno de España, la derecha y ultraderecha (PP y VOX) previenen a Sánchez y lo conminan a no acatarla.
Judicializar la política es un mal negocio.
Bueno es señalar que los políticos pueden cometer y ciertamente cometen delitos y deben ser castigados. Ello fortalece los sistemas de gobierno. Lo que no es dado aceptar es que los tribunales se conviertan en sede de los partidos donde se expendan sentencia$ según sea la correlación de fuerza y la cuota de poder con que se cuente. Eso embochorna a la justicia, la desacredita y la convierte en pasto del vaivén de la política.
Así como se reclama una justicia justa para la ciudadanía, para los políticos debe reclamarse y exigirse lo mismo. Los jueces han de ser garantes de la sostenibilidad de los derechos y garantías de todos y todas. El lawfare que se ha extendido como plaga ha de ponérsele coto. Nadie ha de estar por encima de la ley. Ningún político ni ningún ciudadano puede andar pendiente que una espada de Damocles penda sobre sus cabezas. La política es el compendio de actos civilizados que permiten la vida en común en los sistemas de gobierno democráticos.
Los tribunales han de garantizar en todo momento y sin presión de nadie, los derechos que emanan del debido proceso, conquistas imperantes en todo estado de derecho y de justicia. La sentencia del Tribunal Europeo con sede en Luxemburgo parece ir encaminada en este sentido. La imparcialidad ha de ser la norma en una justicia que aspire respetarse respetando a las y los ciudadanos.
La libertad, independencia y autonomía de las juezas y jueces ha de ser el rumbo de la nueva modernidad que supere las posturas trasnochadas de los que creen que gritando fuerte, pueden acallar la gallardía de los pueblos.
Madrid, 20 de diciembre de 2019.
roque.felix@gmail.com
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Nasce preocupado com os caminhos do proletariado em geral, porém, especialmente, com o brasileiro